¿HASTA QUÉ PUNTO TIENEN QUE PREVALECER LAS CREENCIAS?

DILEMAS ÉTICOS – Soraya Hernández – Revista Valors – https://valors.org

¿En un estado laico tienen que prevalecer los credos religiosos en un acto público como son las oposiciones? ¿Dónde está el límite del respecto a la diversidad religiosa? ¿Podemos parar una actividad por respeto al derecho a culto?

Las redes sociales se están convirtiendo en un espacio donde, además de compartir varios aspectos de nuestras vidas, se pueden hacer visibles quejas, demandas y reclamaciones. Twitter es un ejemplo. Con un sencillo tuit de 280 caracteres, cualquier persona puede opinar y hacer público en la red del pajarito azul todo tipo de situaciones que generen malestar.

Esto es lo que hizo una médica de Valencia cuando se enteró de que se había cambiado de día el examen de un proceso de oposiciones para la Generalitat Valenciana. El examen, para plazas vacantes de ginecología y obstetricia al sistema de salud público, se había convocado para un sábado. Con el margen de tiempo marcado por ley, la administración avisó de que la prueba quedaba anulada y pasaba al domingo siguiente. La explicación era clara: una opositora, por razones de creencias, no podía hacer un examen en sábado y se había aceptado. La médica, de religión adventista, tenía que guardar el precepto de descanso y oración de la puesta de sol del viernes a la puesta de sol del sábado.

Según los medios de comunicación, la Generalitat tomó esta decisión para no tener que aislar a la médica. Hacía no mucho, otra facultativa de la misma religión, opositora en este caso para una plaza de oftalmología, había pedido adaptarse a su situación. En este caso, la solución había estado pedir una sala durante todo el sábado hasta que pudo salir a hacer la prueba.

Las piadas no tardaron en llegar. La mayoría de los comentarios expresaban el malestar relacionado con el hecho que un estado aconfesional hubiera decidido perjudicar una mayoría, cuatrocientos opositores, para respetar los preceptos religiosos de una sola persona. De hecho, el debate fue más allá, también se planteaba si las creencias, los deseos y las preferencias personales tienen que modular leyes y normativas.

De manera totalmente contraria a estos argumentos, algunas personas compartían la opinión y ponían en valor la importancia de respetar los sentimientos religiosos y agradecían la flexibilidad de las instituciones y como habían aceptado la diversidad. Finalmente, pero, la queja de varios colectivos de profesionales sanitarios junto con la presión en las redes hicieron que se mantuviera la fecha original y se dio una opción especial a la médica afectada.

Este dilema tiene que ver con el principio de la justicia social: ¿es ético el cambio de fecha si afecta a la mayoría, aunque sea para respetar las creencias de una persona? ¿La equidad tiene que prevalecer? ¿Pueden los preceptos religiosos ser un argumento para hacer este tipo de demanda en un acto público cuando la Constitución contextualiza el país como laico?

¿Qué pasará el día que la médica tenga que trabajar un sábado? ¿Los centros sanitarios se tendrán que continuar adaptando?

La administración lo tuvo claro desde el inicio y decidió el cambio de fecha como la mejor opción para la médica poniendo su religión en el centro. A pesar de esto, se podría haber tenido en cuenta que un gran número de opositores podría tener problemas organizativos y de conciliación laboral o familiar. Por lo tanto, aunque se tendría que respetar el deseo de una persona de cumplir con la propia doctrina religiosa, la solución podría haber sido equilibrada con las necesidades del resto.

Por el contrario, se podría no hacer ningún tipo de excepción por cuestiones de creencias, cerrando así la puerta a cualquier demanda que con este argumento implique cambios profundos. Más allá de la decisión final, en este caso, se vuelve a poner sobre la mesa la importancia de la reflexión sobre el peso de la religión en la toma de decisiones y aspectos públicos.

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